ESTUDIOS SOBRE DERECHO
Y SISTEMA PENAL
AÑO II | NÚMERO 3
JUNIO 2026
NOVIEMBRE 2026
ISSN 3072-8088
INSTITUTO INTERDISCIPLINARIO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES (IIEC-UNPAZ)
Recensión a Ariel Larroude, Juan Bautista Líbano y Santiago Zurzolo Suarez, Narcomenudeo: controversias entre lo que se persigue y lo que se castiga en la Ciudad de Buenos Aires (Ediar, 2024) Agustín Nahuel Forcinito
Universidad de Buenos Aires, Argentina
forcinito.legales@gmail.com | ORCID: 0009-0006-4188-8079
Recibido: 8 de noviembre de 2025. Aceptado: 18 de noviembre de 2025.
Narcomenudeo: controversias entre lo que se persigue y lo que se castiga en la Ciudad de Buenos Aires Review of Ariel Larroude, Juan Bautista Líbano and Santiago Zurzolo Suarez, Drug dealing: controversies between what is prosecuted and what is punished in the City of Buenos Aires (Ediar, 2024) Larroude, Ariel; Líbano, Juan Bautista y Zurzolo Suarez, Santiago (2024). Narcomenudeo: controversias entre lo que se persigue y lo que se castiga en la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires: Ediar.

El flagelo de las drogas es un problema de salud pública y de seguridad en todo el continente americano, y el narcotráfico es el tipo de crimen organizado que más creció en los últimos años, pero los esfuerzos estatales en reparar y castigar están descoordinados. En el libro reseñado, los autores, desde diferentes puntos de vista, se encargaron de analizar este complejo asunto dentro de los límites geográficos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). A modo de comentario preliminar, destaco que Narcomenudeo es un libro de relevancia para la criminología en dos aspectos. Por un lado, es una herramienta de trabajo para todo aquel operador estatal (o de organizaciones civiles afines) que trabaje la temática –ya sea desde el ámbito de la salud, seguridad u otros–; y por otro lado es un texto muy pedagógico para el aprendizaje de algunos temas relevantes de la criminología, ya que entrelaza teoría con datos, todo eso expresado en un lenguaje claro. También insto al lector de este artículo a que lea el libro completo, porque la riqueza de la información que aporta no puede ser abordada íntegramente desde una reseña. Para atender este tema, lo primero que hacen es definir qué entienden por narcotráfico, y lo caracterizan como un sistema de comercio ilícito, global, que se rige por las leyes de la oferta y la demanda; se transforma constantemente y se adapta para poder producir, distribuir y comercializar sustancias ilícitas. Las organizaciones narcotraficantes son transnacionales, verticales y segmentan la actividad en cinco fases: producción, transporte, tráfico, mayoreo-distribución y fragmentación. Para entender el problema del narcotráfico en Argentina, hay que tener en cuenta que nuestro país, por sus condiciones climáticas, no es productor –probablemente estaríamos ante un escenario mucho más complejo, como sucede en otros países de la región– por lo que solo se llevan adelante las restantes actividades de la cadena productiva. Al final de esta cadena se encuentra el consumidor de drogas. El libro presta especial atención al adicto, con una mirada crítica al rol del Estado, porque lejos de contenerlo y de brindarle acceso a la salud, lo persigue policialmente. La criminalización de los adictos tiene la particularidad de recaer casi exclusivamente en aquellos consumidores de menor poder adquisitivo y de mayor vulnerabilidad social; y el principal argumento para su persecución es de corte peligrosista, ya que se estima que el consumo puede convertir al adicto en el perpetrador de otros hechos delictivos. Este argumento peligrosista es rebatido por los autores, quienes afirman que ya se demostró que no existe una correlación entre consumo de drogas y la comisión de otros delitos, por lo que concluyen que la asunción de peligrosidad no está fundada. Los autores asumen una postura crítica frente a la persecución penal de los usuarios y consumidores de droga, ya que consideran que este problema no debería ser abordado por las agencias de seguridad ni por la justicia penal, sino que debería ser visto como un problema de salud pública y atendido por las áreas del estado correspondientes. En este sentido, profundizan sobre la criminalización estatal de los adictos de los sectores con menor poder adquisitivo desde una perspectiva de la sociología de la desviación de Howard Becker: el consumo de drogas ilícitas es una conducta desviada y los consumidores son personas etiquetadas como marginales. En este punto, cabe preguntarse desde cuándo se castiga el consumo de estupefacientes. En Argentina, no siempre se persiguió a los consumidores de sustancias. Las primeras penalizaciones a la venta y consumo de estupefacientes llegaron a la República Argentina de la mano de la corriente de pensamiento denominada “higienismo” a finales del siglo XIX; pero adquirió las características que persisten hasta el día de hoy con la famosa “guerra contra las drogas” liderada por Estados Unidos en la década de 1960. Así, el trabajo policial de perseguir al narcotráfico quedó prácticamente reducido a la persecución del adicto, quien puede ser fácilmente reconocido por la lectura de los estigmas que lleva consigo y que componen la etiqueta distintiva. Sin embargo, esta persecución no elimina ni detiene el tráfico y comercialización de estupefacientes (de hecho, el efecto práctico más concreto es el de aumentar el valor del producto al dificultar y disminuir la oferta). El comercio de drogas se estableció como una actividad extremadamente rentable, y llegó a instalarse en los barrios populares, proveyendo de un medio de vida a individuos e incluso a familias que se dedican a la venta minorista (menudeo) de sustancias ilícitas. En este contexto, en los años noventa y la primera década del siglo XXI, se le suma la grave crisis política, social y securitaria que atravesó Argentina, y en lo que al libro le interesa, especialmente sufrida por los habitantes de la zona geográfica denominada AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires). Estas crisis no fueron ajenas a las instituciones policiales, las cuales pasaron por reformas y contrarreformas. Sobre este punto, es destacable el enorme esfuerzo realizado por los autores en analizar datos estadísticos para arribar a las conclusiones. Dentro de las posibles soluciones al problema securitario, surgió y ganó la idea de desfederalizar la persecución penal del narcomenudeo, delegando en las provincias la tarea de perseguir y condenar a quienes cometan el delito de comerciar (y tener) estupefacientes a baja escala. La verdadera razón de esta decisión, afirman los autores, fue la de poner en marcha un renovado sistema de control poblacional, de regulación del espacio público, que en la superficie tenga ojos y machetes para reprimir la venta minorista, pero, en lo subterráneo, le devuelva a la policía el control social perdido durante el período 1997-2003. Esa fue la estratagema. Regular el narcotráfico retomando el control de calle, un modelo de gestión fácil de instaurar y difícil de desarmar (p. 82). A toda esta situación se le debe sumar que los esfuerzos policiales por investigar y aprehender a los consumidores de sustancias ilícitas no son bien recibidos por el Poder Judicial. El punto neurálgico del libro se encuentra en esta problemática mencionada. Los autores afirman que existe una desconexión entre la actividad policial y las decisiones jurisdiccionales, ya que mayoritariamente se desestiman las causas por tenencia de drogas para consumo personal. Sin embargo, el Poder Judicial (especialmente el de la CABA, al ser el objeto de estudio del texto) sí convalida los mecanismos de control social que utilizan las fuerzas de seguridad: en el fallo “Vera” del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la CABA, se establece que las fuerzas policiales están facultadas para exigir la identificación de los ciudadanos, y que esto no implica un menoscabo a la libertad ambulatoria. Aquí es necesario prestarles especial atención a las estadísticas ofrecidas por los autores sobre el tema: el 88% del total del trabajo policial, respecto a la ley 23.737 en la ciudad de Buenos Aires durante el año 2019, estuvo enmarcado por la persecución, investigación o represión de tenedores y consumidores de droga que, por su escasa cantidad, ni siquiera pueden ser tomados como posibles vendedores (p. 101). En 2020, un 73% fueron por tenencia de drogas para consumo personal, en 2021 un 74% y en 2022 un 65%. Por otro lado, de los delitos de narcomenudeo ingresados al Ministerio Público Fiscal de la CABA, en 2019 fueron 25.934 hechos, y solo se judicializaron 2.155; en 2020, 16.485 hechos, con 1.290 judicializados; en 2021, 14.607 hechos, judicializados 1.256; y en 2022, 12.339 hechos, judicializados tan solo 1.049. A esta diferencia entre lo que persigue la policía y lo que decide el poder judicial, los autores lo denominan articulación diferencial, y en este caso, se trata de una articulación diferencial negativa, porque es muy acentuada la disparidad entre lo que ingresa al sistema penal y lo que se condena. Al analizar los datos estadísticos que presentan, junto con el diagnóstico que proponen, podemos decir que hoy en día la política de seguridad del gobierno de la CABA se basa en desplegar a las fuerzas de seguridad para realizar un control social sobre los porteños y también sobre los habitantes del Conurbano que transitan por la ciudad. Este control se realiza especialmente sobre los sectores más vulnerables y los trabajadores, y la excusa o fundamento para llevar adelante la tarea es la supuesta lucha contra el narcotráfico. De esta forma, se garantiza un mecanismo de orden social, verticalizado, que permite mantener un despliegue permanente de policías en las calles que realicen una suerte de prevención del delito, aunque las detenciones no terminen en condenas. La sistematicidad de la práctica también permite concluir que se trata de una política criminal del gobierno porteño. Uno de los autores brinda una definición concreta de política criminal: “conjunto de discursos, normas y prácticas que organizan y dirigen los medios represivos del Estado hacia aquellos conflictos que este decidió resolver de manera violenta” (p. 126). Esta decisión política, en principio relativamente sustentada por el TSJ, resulta problemática a la luz de otros criterios jurisdiccionales, especialmente frente al criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Fernandez Prieto y Tumbeiro contra Argentina”, que condena el uso de los criterios arbitrarios de detención de personas. En este caso, la CIDH condena a la República Argentina por incumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, específicamente: artículos 7 (derecho a la libertad personal), 8 (garantías judiciales), 11 (protección de la honra y de la dignidad) y 25.1 (protección judicial) de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 (obligación de respetar y garantizar los derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, en perjuicio de los señores Fernández Prieto y Tumbeiro, y por la violación a los artículos 24 (igualdad ante la ley) y 1.1 (deber de no discriminación) de la Convención, en perjuicio del señor Tumbeiro.1 Finalmente, los autores analizan también desde una perspectiva crítica la problemática derivada de la llamada ley de desfederalización, la que les propone a las autoridades locales adherir al régimen y delegarles la investigación y persecución de los delitos de tráfico de estupefacientes. De esta forma, en las jurisdicciones que adhieren a la normativa, se corta la investigación contra las organizaciones narcotraficantes, al abordarse desde una perspectiva fragmentada por distinguir microtráfico (menudeo) de macrotráfico. En síntesis, la obra aborda la problemática del narcomenudeo desde diversas ópticas, aportándole al lector valiosas herramientas de análisis de la realidad social, de los diversos criterios judiciales de los temas abordados, y propone algunos diagnósticos concretos al respecto.

  1. Caso Fernández Prieto y Tumbeiro vs. Argentina. Resumen oficial emitido por la Corte Interamericana sentencia de 1 de septiembre de 2020. Recuperado de https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_411_esp.pdf

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