ESTUDIOS SOBRE DERECHO
Y SISTEMA PENAL
AÑO I | NÚMERO 2
DICIEMBRE 2025
MAYO 2026
ISSN 3072-8088
INSTITUTO INTERDISCIPLINARIO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES (IIEC)
Recensión a Pablo E. Ordóñez, Derechos de las personas privadas de la libertad (Hammurabi, 2024) Aíxa Valenti
UNLaM/UBA, Argentina
valentiaixa@gmail.com | ORCID: 0009-0008-8663-5352

Recibido: 5 de diciembre de 2024. Aceptado: 21 de febrero de 2025.
Derechos de las personas privadas de la libertad. Review of Pablo E. Ordóñez, Derechos de las personas privadas de la libertad (Hammurabi, 2024) Ordóñez, Pablo E. (2024). Derechos de las personas privadas de la libertad. Cómo reclamarlos y corregir las condiciones de detención. Hábeas corpus correctivo, amparos y procedimientos administrativos. Buenos Aires: Hammurabi.

El presente artículo implica una reseña del libro Derechos de las personas privadas de la libertad, publicado por Editorial Hammurabi en el año 2024, obra cuyo origen proviene de la tesis doctoral de Pablo E. Ordóñez, titulada entonces como Un análisis genealógico del instituto del hábeas corpus correctivo. Las diferencias entre su uso histórico y su uso actual. El autor es Doctor en Ciencias Penales por la Universidad del Salvador, docente de grado y posgrado en múltiples universidades nacionales, cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación y defensor público ante los tribunales federales de La Plata, lo que lo acerca desde la práctica a las discusiones que se dan en la cámara federal de dicha jurisdicción respecto de las decisiones de los jueces federales de Lomas de Zamora sobre los hábeas corpus correctivos planteados en las unidades carcelarias ubicadas en la localidad de Ezeiza, que es donde se encuentra la mayor cantidad de presos pertenecientes al fuero federal de todo el país. En la obra que aquí se reseña, Pablo E. Ordóñez hace foco en la institución del hábeas corpus, con énfasis en la realidad del hábeas corpus en su acepción correctiva, emprendiendo, para ello, un recorrido impecable a nivel normativo-histórico de la Ley de Hábeas Corpus, desde su sanción hasta la actualidad, apreciando en todo momento los matices y particularidades que el instituto fue adquiriendo y mutando. Especialmente, afina su análisis en la incorporación del mismo en la Constitución Nacional a partir de la reforma del año 1994. Cuenta con un prólogo del Dr. Gabriel Ignacio Anitua (CONICET/UNPAZ/UBA), el cual advierte que se aborda una temática de aspectos complejos, desde una mirada que pretende transferir conocimiento sobre el instituto, con el objetivo general de explicar en qué se ha convertido y cómo funciona y, en consonancia, cambiar algunas prácticas del personal que trabaja alrededor de la administración de la justicia. Anitua sostiene que el estudio del uso actual del hábeas corpus correctivo nos permitirá conocer cuáles son las razones que provocan que la República Argentina se encuentre en emergencia penitenciaria, pues es una herramienta que se usa de una forma exponencial por ser el único camino que, en un período de tiempo breve, soluciona (o hace creer que soluciona o, de mínima, pone a la persona rápidamente enfrente de un juez federal de hábeas corpus) muchos de los problemas que existen día a día en las cárceles federales argentinas por su sobrepoblación. En su introducción, el libro realiza una detallada descripción de la problemática que surge en virtud de una ley que fue pensada en un contexto histórico puntual muy diferente al actual, con un objetivo que dista del uso diario mayoritario que posee. El autor se pregunta si los problemas que resuelve actualmente el hábeas corpus constituyen un exceso en el uso de la práctica, pudiendo ser resueltos a través de meros actos administrativos y otras vías. La obra, reconoce la importancia de una visión constitucionalizada de la ley, e intenta mostrar que el instituto se vincula con el derecho constitucional pese a erróneamente ser muchas veces más enlazado con el derecho penal. Introduce que “la ausencia, la presencia, la posterior nueva ausencia y la final presencia del instituto en la Constitución Nacional”, más la Ley N° 23098, creada previamente a la intromisión definitiva del instituto de hábeas corpus en la CN, obligan a esta mirada para que ningún derecho resulte afectado. Tras la analogía de que el hábeas corpus se ha convertido en un verdadero caballo de Troya del derecho procesal, por permitir deducir las más variadas pretensiones, el autor entiende que dejó de ser un remedio excepcional al cual se puede recurrir cuando no existe otra vía procesal idónea. Es por ello que, posterior a su capítulo introductorio, el libro cuenta con siete capítulos que bucean sobre las particularidades del instituto, debiendo rastrear sus orígenes remotos, para comprender así sus implicancias; sumando a modo de cierre y conclusión páginas que nos acercan a la práctica diaria: un análisis jurisprudencial más múltiples modelos de escritos utilizados en la cotidianeidad laboral. Particularmente, en su capítulo II, el texto explora la vida constitucional del hábeas corpus, desde aquellas épocas en que había sido dejado de lado, hasta su efectiva implementación por la reforma del año 1994. Interesante aquí es que, para conocer si resultó convertirse en lo que realmente había sido imaginado en la época de su creación, la obra presenta un apartado con entrevistas vinculadas a la reforma constitucional de 1994, en donde tres constituyentes aportaron sus miradas, íntimamente ligadas con su participación constitucional y vínculo con el instituto en sí: Eduardo Menem, Eugenio Raúl Zaffaroni y Horacio Rosatti. Cierra este capítulo un análisis sobre el derecho procesal constitucional, importante para entender que, en la República Argentina, la principal forma de reclamo de un derecho agraviado dentro de la cárcel resulta ser el hábeas corpus correctivo y que, mediante este, puede llegarse a declaraciones de inconstitucionalidad de determinadas leyes. Es entonces, en el capítulo III, que la obra se enfrenta con uno de sus temas claves, indagando sobre la realidad carcelaria en paralelo con un gran interrogante: ¿en algún momento la cárcel sirvió para resocializar? La necesidad de conocer sobre una herramienta para reclamar derechos constitucionales ilegalmente afectados dentro de la cárcel hizo que el capítulo IV estudie en concreto la historia del hábeas corpus, sus tipos, características y particularidades, aportando información sobre su uso real y necesariamente práctico ante la ausencia de otros remedios eficaces. Para ello, explica contra quiénes procede el instituto, cómo es el procedimiento, qué sucede en cuanto a la participación del fiscal, y cómo se reclaman ciertos derechos como la salud, alimentación, actividades laborales y condiciones edilicias, entre otros. Llegando al capítulo V, la mirada se sitúa en la posibilidad de planteos colectivos en los hábeas corpus correctivos, enfatizando la interpretación amplia del artículo 43 de la CN que dio origen al hábeas corpus colectivo como instrumento para tutelar derechos individuales homogéneos, obtenida a partir del fallo “Verbitsky” de la CSJN. Asimismo, realiza un análisis por etapas que recorre la jurisprudencia nacional a través de los fallos “Kattan”, “Mendoza”, “Halabi” y “Padec”, junto con la mención de otros pronunciamientos de la CSJN. Situación particular se presenta con las medidas cautelares respecto del tema abordado, lo que no será dejado de lado por este libro pues, el capítulo VI, da luz sobre lo que sucede allí cuando el legislador no incluye como posibilidad la aplicación de medidas cautelares durante el proceso de hábeas corpus, aclarando que, por su propia dinámica y vinculación con el instituto del amparo, corresponde el análisis de su adecuada utilidad. El trazado que hace en su capítulo VII es fundamental para abrir el juego a otras formas de reclamar derechos dentro de las cárceles. Así, estudia otras vías, como la administrativa dentro de la cárcel, ante el propio juez natural o por intermedio de un amparo. En palabras del autor, la clave de este apartado es conocer que el acceso a la justicia no se limita a los supuestos de obtención de una resolución a través de mecanismos institucionalizados que garanticen la tutela judicial efectiva, sino que también se refiere a obtener una solución por vías extrajudiciales. Las conclusiones se dan en el capítulo VIII, integradas de propuestas que importan cambios que se deben realizar, principalmente, desde la “forma” de pensar en la cárcel. Ordóñez destaca que hasta que no funcionen correctamente los que parecerían ser los medios correctos de reclamo y no se modifiquen las leyes de amparo (dándole una mayor celeridad) o de hábeas corpus, debemos darle una visión constitucionalizada a la actual Ley N° 23098. La obra cuenta, antes de concluir, con dos anexos. El primero, enumera los fallos que se sirven de fuente de autoridad con relación a cada temática abordada, mientras que el anexo II ofrece ciertos modelos de escritos, para acercar a la práctica al lector, en cuanto a cómo interponer una acción de amparo, solicitar una medida cautelar, un beneficio de litigar sin gastos, o promover un hábeas corpus. Al finalizar, ofrece una bibliografía extensa y variada.

Licencia Creative Commons - Atribución - No Comercial (by-nc)
Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga con fines comerciales.
Tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales.
Esta licencia no es una licencia libre. Algunos derechos reservados.